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año:2004
 
institución:UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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1 2 R-DAGJ-775-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del trece de diciembre del dos mil cuatro.------------------------------------ Recurso de apelación interpuesto por CR Conectividad, S.A., en contra del acto que declara desierta la Licitación por Registro número 12-2004, promovida por la Universidad Nacional y cuyo objeto trata la compra de un sistema de video conferencia.------------------------------------------------- RESULTANDO I. CR Conectividad, S.A., interpuso recurso el 2 de diciembre; cuestiona la declaratoria de desierto dictada por la administración y, en general, estima que sí se ha cumplido con lo sustancial del cartel.------------------------------------------------------------------------------------------------------------ II. En la resolución del presente caso se han tenido en cuenta las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias, y, -------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I. HECHOS PROBADOS: Único) La Universidad Nacional declaró la licitación enunciada desierta (Vid. La Gaceta número 234, del 30 de noviembre del 2004).------------------------------------ II. SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO: Conforme a la jurisprudencia de este despacho (vid, entre otros, la RC-378-2000, de las 11:00 horas, del 14 de setiembre del 2000), los actos que declaran desierto o infructuoso un concurso, carecen de recurso de apelación ya que la competencia de esta Contraloría General para conocer del tipo de recurso indicado está establecida de acuerdo con la cuantía del acto de adjudicación. En la especie, para los actos que declaran desierto un procedimiento, o el mismo que declara infructuoso, no hay adjudicación, ergo, no existe cuantía del negocio. En consecuencia, el inconforme con un acto de declaratorio de desierto o infructuoso (hecho probado único) tiene abierta la impugnación ante la propia entidad, ...
Fecha publicación: 15/12/2004
Fecha emisión: 12/12/2004
Institución: UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


3 3 R-DAGJ-730-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del veinticuatro de noviembre del dos mil cuatro.---------------------------- Recurso de apelación interpuesto por CELLE, S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro número 17-2004, renglones 2 y 3, promovida por la Universidad Nacional, cuyo objeto es la compra de equipo de cómputo, adjudicadas ambas líneas a la empresa GBM de Costa Rica, S.A., por un monto total de $77.936,08.----------------------------------------------- R E S U L T A N D O I. CELLE, S.A. señala, grosso modo, que la administración ha excluido su plica basándose en un mero formalismo como lo es la no inclusión en planillas de la Caja Costarricense de Seguro Social de uno de los técnicos ofrecidos en la oferta; tal aspecto puede ser subsanado. Asimismo, el ordenamiento en materia laboral permite que los patronos contraten los servicios de los trabajadores bajo otras modalidades; estos otros medios no necesariamente conllevan una obligatoriedad de incorporar en las plantillas de la institución dicha a los trabajadores. El técnico de interés aparece, en efecto, reportado en planillas a partir de mayo del 2004, pero sus servicios los viene prestando desde enero del año en curso. Así las cosas, no se puede excluir la plica por un formalismo que es subsanable, amén de alejarse del verdadero norte de este tipo de procedimientos.----------------------- II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias, y, -------------------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I. HECHOS PROBADOS: 1) La Universidad Nacional promovió la Licitación por Registro de marras, cuyo objeto es la compra de equipo de cómputo; éste lo adjudicó en sus líneas 2 y 3 por $77.936,08 (Vid, La Gaceta número 214 del martes 2 de noviembre del 2004). 2) El cartel del prese ...
Fecha publicación: 27/11/2004
Fecha emisión: 24/11/2004
Institución: UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 2 R-DAGJ-698-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría Jurídica y Gestión Jurídica. San José, a las doce horas del once de noviembre del dos mil cuatro.------------------------- Recursos de objeción interpuestos por Acondicionamientos de Oficinas S.A.(ACOFI) y Durman Esquivel S.A. en contra del cartel, de la Licitación Pública N° 10-2004 promovida por la Universidad Nacional (UNA) para compra de mobiliario de Oficina para los Edificios de Ciencias Sociales y Filosofía y Letras.------------------------------------------------------------------------------------- I.-POR CUANTO: Las firma Acondicionamiento de Oficinas, S.A. (Acofi) y Durman Esquivel S.A. interpusieron recurso de objeción en contra del referido cartel, éste último en forma extemporánea.------------------------------------------------------------------------------------------------------ II. POR CUANTO: Mediante auto de las quince horas del día dos de noviembre del dos mil cuatro, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel.----------------------------- III. POR CUANTO: La Universidad Nacional (UNA), mediante escrito que presentó el 8 de noviembre del 2004 ante este Despacho, respondió la audiencia.--------------------------------------- IV.- POR CUANTO: En relación con el recurso presentado por Durman Esquivel S.A. La apertura de ofertas para la Licitación Pública N° 10-2004 se señaló para el 12 de noviembre del 2004 (ver publicación en el expediente de objeción). De conformidad con lo que dispone el artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa, el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, plazo en el cual no se toma en consideración, conforme al artículo 87 y 88 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el día de la publicación del aviso pero sí el de vencimien ...
Fecha publicación: 14/11/2004
Fecha emisión: 11/11/2004
Institución: UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


5 2 R-DAGJ-603-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil cuatro.-------------------------------------- Recursos de apelación interpuestos por Distribuidora M, S.A., y Muebles Metálicos Alvarado, S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro número 016-2004, promovida por la Universidad Nacional, cuyo objeto es la compra de 2580 sillas con respaldo y asiento ergonómico, recaído a favor de Euromobilia, S.A., por $77.400,00.----------------------------- R E S U L T A N D O I. Distribuidora M, S.A., y Muebles Metálicos Alvarado, S.A., interpusieron sendos recursos de apelación el 29 de setiembre pasado. Grosso modo, señalan incumplimientos en la plica presentada por la ahora adjudicataria por lo que, por ende, se debe anular el acto ya dictado.---------------------- II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias, y, ------------------------------------------------------------------------------------------------ CONSIDERANDO I. HECHOS PROBADOS: 1) El concurso (Licitación por Registro número 016-2004) promovido por parte de la Universidad Nacional, cuyo objeto es la compra de 2580 sillas con respaldo y asiento ergonómico (renglón 3), se dictó a favor de Euromobilia, S.A., por $77.400,00 (Vid. La Gaceta número 185 del miércoles 22 de setiembre del 2004). 2) De las resoluciones del despacho del Señor Contralor, publicadas en las Gacetas del martes 2 y miércoles 3 de marzo del 2004, se sabe que el presupuesto promedio para bienes y servicios no personales dado para la administración recurrida es de ¢6.195,0 miles lo que, al ser así, la institución dicha se ubica dentro del estrato D —institución con más de ¢5.450.000.000,00 de presupuesto. Además, “Artículo 84. –Cobertura del recurso y órgano competente. En contra del acto de adjudicación, el recurso de apelación cabrá en los sigui ...
Fecha publicación: 07/10/2004
Fecha emisión: 04/10/2004
Institución: UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 4 R-DAGJ-578-2004 Contraloría General de la República. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José a las once horas del veintidós de setiembre de dos mil cuatro.---------------------- Recurso de objeción al cartel de la Licitación por Registro 12-2004 promovida por la UNIVERSIDAD NACIONAL para la compra de un sistema de vídeo conferencia, interpuesto por C.R. CONECTIVIDAD S.A.------------------------------------------------------------------------------------ I.- POR CUANTO: C.R. CONECTIVIDAD S.A, mediante escrito recibido por fax en esta Contraloría General el 8 de setiembre del año en curso, cuyo documento original fue presentado el 9 de setiembre del 2004, interpuso recurso de objeción al cartel de la referida licitación.----------------- II.- POR CUANTO: Mediante auto de las nueve horas del trece de setiembre del dos mil cuatro, la División de Asesoría y Gestión Jurídica confirió audiencia especial a la Administración, con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la licitación.---------------------------------------------------------------------------------------------- III.- POR CUANTO: La Universidad Nacional, en escrito recibido en este Despacho el 16 de setiembre del 2004, atendió la audiencia que le fue conferida. --------------------------------------------- IV.- POR CUANTO: El recurso de objeción al cartel se brinda como una oportunidad procesal para que eventuales interesados en participar en el procedimiento de contratación administrativa soliciten remover cualquier obstáculo que estimen limita sus posibilidades de participación y, a la vez, para coadyuvar con la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones. Bajo este orden de ideas, procede entrar a valorar el fondo del recurso, pero de previo, se impone advertir que el documento presentado por la firma recurrente el pasado 17 de setiembre, como aclaración a la objeción inter ...
Fecha publicación: 26/09/2004
Fecha emisión: 23/09/2004
Institución: UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


R-DAGJ-137-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del dieciocho de marzo de dos mil cuatro. ------------------------------------ Recurso de objeción interpuesto por Autocamiones de Costa Rica (AUTOCORI) Sociedad Anónima, representada por el señor Carlos Asdrúbal Quesada Bermúdez, contra del cartel de la Licitación por Registro 5-2004 promovida por la Universidad Nacional para comprar vehículos – I. POR CUANTO: Mediante escrito presentado el once de marzo vía fax y el doce de marzo siguiente de manera personal ante esta Oficina, Autocamiones de Costa Rica interpuso recurso de objeción contra el cartel de la Licitación por Registro 5-2004 (ver escrito en el expediente de objeción, folios A1 a A11).--------------------------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante auto dictado a las quince horas del doce de marzo de dos mil cuatro esta Oficina admitió para trámite el recurso y concedió audiencia especial (ver escrito en el expediente de objeción, folio E1). ------------------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: Mediante escrito presentado el diecisiete de marzo de dos mil cuatro, la Administración atendió la audiencia especial (ver escrito en el expediente de objeción, folios B1 a B17).----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- IV. POR CUANTO. SOBRE EL FONDO. La objetante cuestiona los siguientes puntos. Sobre los requerimientos del motor. La objetante manifiesta que en el cartel se pide un vehículo con un motor cuyo cilindraje sea mínimo cuatro mil quinientos centímetros cúbicos y como máximo cinco mil quinientos centímetros cúbicos. La empresa dice estar en capacidad de ofrecer vehículo con motor cinco mil quinientos ochenta centímetros cúbicos, de última generación, alta tecnología, inyectado, turbo alimentado con intercooler, lo ...
Fecha publicación: 21/03/2004
Fecha emisión: 18/03/2004
Institución: UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE F-1 R-DAGJ-115-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del tres de marzo de dos mil cuatro.--------------------------------------------- Recurso de Objeción interpuesto por la empresa Proyectos & Sistemas Proyectica S. A. en contra del cartel de la Licitación Pública No. 01-2004 promovida por la Universidad Nacional para el suministro e implementación de sistemas de información.--------------------------------------------------- I. POR CUANTO: El recurso de objeción al cartel interpuesto por la empresa Proyectos & Sistemas Proyectica S.A. fue presentado a las 09:24 horas del 27 de febrero de 2004.------------------ II. POR CUANTO: La Universidad Nacional en oficio PI-D-315-2004 del 1 de marzo de 2004, suscrito por la señora Ada Cartín Brenes, Directora a.i. de la Proveeduría Institucional, manifiesta que las empresas SAP México, y Proyectica S.A., solicitaron una serie de aclaraciones sobre cláusulas cartelarias, y únicamente la pregunta 21 de la primera empresa requirió una modificación al cartel, modificación relacionada con la experiencia del personal ofrecido asignado al proyecto, modificación que más bien permitirá una mayor participación de oferentes, toda vez que como profesional residente ya no se requiere que sea un profesional en informática o ingeniería de sistemas; puede ser otro profesional siempre y cuando cumpla con los requerimientos y la experiencia solicitada. Finalmente, manifiestan que el recurso de la objetante es extemporáneo, en virtud de que sus objeciones no son contra la modificación, y por ende ya se les venció el plazo de ley al efecto.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- III.- POR CUANTO: Sobre la admisibilidad del recurso: El artículo 81 de la Ley de la Contratación Administrativa establece que, contra el cartel de la licitación pública, o el pliego de condiciones de la licitación p ...
Fecha publicación: 06/03/2004
Fecha emisión: 03/03/2004
Institución: UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores 6 División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Licda. Elizabeth Aedo Cubero, MAS 6 14 de enero, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 00296 14 de enero, 2004 DI-CR-021 Licenciada Elizabeth Aedo Cubero, M.A.S. Auditora Interna UNIVERSIDAD NACIONAL Estimado señora: Asunto: Confidencialidad que debe guardar la auditoría interna ante solicitud del denunciante según lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley General de Control Interno. Se da respuesta a su atento oficio Nº C.308.2003 del 24 de setiembre último pasado, en el cual requiere el criterio de este Despacho en relación con el alcance del concepto “partes involucradas” que se consigna en el artículo 6º de la Ley General de Control Interno. Específicamente se consulta “... si dentro del concepto “partes involucradas” a que hace referencia el artículo 6 de la Ley General de Control Interno, las Auditorías Internas debemos considerar al denunciante, para efectos de exceptuarlo o no de la confidencialidad en cuanto al conocimiento de la relación de hechos que se derive de un estudio de auditoría efectuado, como consecuencia de la denuncia planteada” También menciona en su consulta con respecto al denunciante: “Es importante, clarificar si es suficiente con informarle al denunciante que se realizó el estudio correspondiente y que se remitió a la autoridad administrativa el informe respectivo –en los casos que se deriven relaciones de hechos-, sin tener que remitirle copia de la misma o permitirle acceso a dicho documento y los papeles de trabajo respectivos desde los archivos de la Auditoría Interna, en razón de que la investigación administrativa estaría en proceso, o si por el contrario, el denunciante se constituye en “parte involucrada” y, por lo tanto no le aplica la restricción de con ...
Fecha publicación: 15/01/2004
Fecha emisión: 12/01/2004
Documento: 00296-2004.doc
Institución: UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS